VINO DE LA TIERRA DE CASTILLA Y LEÓN



Asociación:

ASOVINTCAL
Asociación de Bodegas Elaboradoras y Embotelladoras de Vino de la Tierra de Castilla y León
C/ Mariano García Abril 6, bajo
47014 VALLADOLID
Telf.: (983) 36 03 83
Fax: (983) 36 29 21

SITUACIÓN GEOGRÁFICA

Los vinos amparados por la mención «Vino de la Tierra de Castilla y León », únicamente podrán ser elaborados y/o envejecidos en bodegas ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León y con uvas procedentes de viñedos inscritos en el Registro Vitícola de la Consejería de Agricultura y Ganadería de la Junta de Castilla y León.

HISTORIA

El origen del cultivo de la vid en la región se remonta a la época en que Castilla y León era provincia romana, ( Siglos I y II D.C. ) aunque el conocimiento del vino En Territorio Vacceo ( la actual provincia de Valladolid ) es anterior, como demuestra las menciones del historiador Estrabón que escribió de los Vacceos:

"... beben zýthos, y el vino, que escasea, cuando lo obtienen, se consume enseguida en los grandes festines familiares..."

Hay que destacar que es en Castilla y León, concretamente en el friso de Quintanilla de las viñas de Alfoz de Lara, Burgos donde aparece la primera representación de vino en la Europa cristiana. Más tarde aparecerán escenas de vendimia y trabajo de bodega en el Beato de Liebana. Por los documentos existentes de venta y donación de parcelas del S. X se indica claramente que la viticultura ocupó un lugar importante en la vida rural medieval.

La viña ha permanecido a lo largo de los siglos en la mayoría de las provincias de la comunidad con notable importancia, teniendo momentos de esplendor en los siglos XV a XIX hasta que llega la plaga de la Filoxera, que hace que en algunas zonas el viñedo desaparezca para siempre, consagrando su cultivo hasta nuestros días en otras muchas zonas.

 

CLIMA

La comunidad de CyL está constituida por dos grandes unidades claramente diferenciadas:

La cuenca del Duero y zona de meseta.

El rolde montañoso perimetral.

1.- La cuenca del Duero se distingue por tener unos inviernos crudos y de gran duración en el que se suceden parcas precipitaciones, así como unos veranos cortos, suaves y secos.

De estas 2 características, es más trascendental la primera, más por su gran duración que por la intensidad de sus fríos, pese a que se pueden dar quincenas de verdadera ola de frío. Lo habitual es que el frío se instaure desde el mes de Noviembre y no cese hasta bien entrado Abril, coincidiendo este periodo con el de mayor riesgo de heladas, pudiendo éste verse aumentado por las tempranas heladas de Octubre y las tardías de Mayo.

Las estaciones de Primavera y Otoño son inusualmente cortas pudiendo llegar a ser casi inexistentes.

El que las escasas lluvias coincidan mayoritariamente en el periodo invernal tiene la ventaja de no sufrir una mayor evaporación permitiendo tener los suelos una humedad cercana a la deseable, lluvias que se suceden habitualmente hasta el comienzo del verano, permitiendo así el correcto desarrollo de la vid.

Los veranos son cortos y secos, con precipitaciones nulas excepción sea hecha de las tormentosas. Con jornadas de pleno sol y altas temperaturas. Periodo seco que se mantiene hasta primeros de Octubre, permitiendo así la vendimia en óptimas condiciones de maduración del fruto.

No se pueden establecer diferencias sustanciales referentes al clima de las llanuras castellanas, destacando que las precipitaciones hasta el borde mismo de las montañas son del orden de 500 mm. anuales o inferiores.

La única zona que se sale un poco de la constante climática es la zona Sudoeste, zona de Los Arribes del Duero, de inviernos algo más suaves y lluviosos.

2.- La otra zona bien definida son las montañas perimetrales. La diferencia principal entre las dos zonas es la cuantía de las precipitaciones y no tanto las temperaturas. Las precipitaciones caen en mayor medida y parte de ella en forma de nieve, llegando a los 800 - 900 mm. anuales.

Destacar zonas como el Bierzo, ubicada entre montañas, lo cual le confiere un clima de inviernos algo más cortos y de frío atenuado, con precipitaciones intermedias entre las de llanura y de montaña, y una aridez estival propia de la zona central.

 

SUELO

El suelo en la comunidad de Castilla y León es totalmente heterogéneo y diverso, no pudiendo distinguirse grandes zonas uniformes.

De manera muy aproximada podemos dividir el suelo de la comunidad en tres grandes grupos:

Montañas
Vegas fluviales y fondos de valle
Páramos y llanuras

Montañas

Los suelos en las montañas que rodean la comunidad tienen en común que son suelos poco evolucionados, erosionados, de elevada pendiente con escasa o nula profundidad agrícola y de carácter ácido, que junto a su pobreza en elementos minerales les convierte en suelos no aptos para el cultivo de la vid, aunque permiten el desarrollo de bosques y pastos. Son suelos del tipo Litosoles y rankers.

Vegas fluviales y fondos de valle

Los suelos de las vegas fluviales son del tipo Aluvial, perteneciente a grupos como Inceptisoles - Anfisoles, Entisoles... Suelen ser de carácter silíceo, de textura media gruesa (arenosa-pedregosa), de profundidad media, con poco poder de retención del agua pero que permiten una buena aireación del suelo. Los fondos de valle tienen una textura limosa más o menos suelta y son químicamente más complejos.

Páramos y llanuras

Las zonas centrales de la comunidad están formadas por las tierras pardas, de naturaleza caliza, pertenecientes a suelos de los grupos de Inceptisoles, Xerochrepts, Entisoles y alfisoles. Las tierras pardas y tierras de terraza suelen estar asentados sobre sedimentos Terciarios y Cuaternarios. Dichos suelos son de reacción básica, textura franco-arcillosa con escasez de materia orgánica, muchas veces son suelos del tipo rendsinas, suelos carbonatados y potencialmente erosionables. Estos suelos junto al clima mediterráneo-continental de escasas precipitaciones permiten la obtención de los mejores vinos de la Comunidad de Castilla y León.

 

VARIEDADES AUTORIZADAS Y RECOMENDADAS

El panorama vitivinícola de Castilla y león, es enormemente rico y diverso en variedades de vid vinificables.

Contando con variedades autóctonas, únicas en nuestra región, con seña de identidad y personalidad propia que confieren a sus vinos, como son la Verdejo, la Juan García, la Rufete, la Prieto picudo, la Mencía, la Tinta de toro,  etc. Así como con variedades consolidadas y totalmente adaptadas a nuestros suelos y climas, como la Sauvignon blanc, el Cabernet sauvignon, la Syrah, la Merlot,  y otras muchas, que permiten que el abanico de posibilidades enológicas en Castilla y león, sea tan rico, y tan amplio, que no hay otra zona, con tanto potencial varietal en España.

Variedad- Sinónimo

Albillo - Blanco país
Malvasía- Rojal b.
Mencía t.
Prieto picudo
Tempranillo- Tinto fino, Tinto del país
Tinto de Toro
Verdejo
Doña Blanca- Valenciana b.
Godello
Juan García
Rufete
Sauvignon blanco
Pinot Noir
Garnacha tinta- Tinto Aragonés, Tinto Navalcarnero
Moscatel de grano menudo
Viura- Macabeo
Cabernet Sauvignon
Chelva
Garnacha roja
Garnacha tintorera- Alicante
Malbec
Merlot
Negral- Tinto Madrid
Palomino
Petit Verdot
Syrah
Chardonnay
Graciano


NORMAS DE PRODUCCIÓN

Los vinos, blancos, rosados y tintos, para poder utilizar la mención «Vino de la Tierra de Castilla y León», deberán reunir las siguientes características:

1. – Características físico-químicas:

Vinos blancos y rosados:

Grado alcohólico volumétrico natural mínimo: 11 º.

Acidez total mínima: 4 g./l. por litro expresados en ácido tartárico.
La acidez volátil no será superior a 0,8 g./l. ex presado en ácido acético, salvo los que hayan sido sometidos a algún proceso de envejecimiento, en cuyo caso dicho límite no será superior a 1 g./l., siempre que su graduación alcohólica sea igual o inferior a diez grados. Para los vinos con crianza de mayor graduación, este límite de acidez volátil será incrementado en 0,06 gramos por grado de alcohol que sobrepase de los 10º.
Anhídrido sulfuroso total: 200 mg./l. para vinos con riqueza en azúcares inferior a 5 g./l.; y 250 mg./l. para vinos con riqueza en azúcares superior a 5 g. / l .

Vinos tintos:

Grado alcohólico volumétrico natural mínimo; 11º.
Acidez total mínima: 4 g./l. expresados en ácido tartárico.
La acidez volátil no será superior a 0,8 g./l. expresado en ácido acético, salvo los que hayan sido sometidos a algún proceso de envejecimiento , en cuyo caso dicho límite no será superior a 1 g./l., siempre que su graduación alcohólica sea igual o inferior a 10º. Para los vinos con crianza de mayor graduación, este límite de acidez volátil será incrementado en 0,06 gramos por grado de alcohol que sobrepase de los 10º.
Anhídrido sulfuroso total: 150 mg./l. para vinos con riqueza en azúcares inferior a 5 g./l.; y 200 mg./l. para vinos con riqueza en azúcares superior a 5 g. / l .

Otros tipos de vino de mesa: Las establecidas en la normativa vigente.

2. – Características Organolépticas:

Los vinos dispuestos para el consumo, serán vinos con aromas limpios, francos, sin oxidar, excepto en los casos en que los vinos hayan sido sometidos a crianza oxidativa. No presentarán defectos de sabor.

Los vinos sometidos a un proceso de envejecimiento en roble, habrán de permanecer un mínimo de tres meses en barrica, y deberán presentar las características aromáticas y gustativas propias de dicha maduración.

Normas de cultivo

El vino elaborado y envasado en bodegas ubicadas en Castilla y León únicamente podrá utilizar la mención «Vino de la Tierra de Castilla y León» cuando en su elaboración se hayan empleado exclusivamente las variedades recomendadas o autorizadas mencionadas anteriormente, o aquellas que la normativa en vigor pudiera recomendar o autorizar en el futuro para Castilla y León.
Las prácticas de cultivo serán las que tiendan a conseguir las mejores calidades de uva. Se realizarán de manera que expresen el mejor equilibrio entre la vegetación y la calidad de la producción. Las plantaciones autorizadas para la obtención de la uva destinada a la elaboración de vino amparado por la mención «Vino de la Tierra de Castilla y León» deberán ser en vaso o espaldera.


CONTROL Y CERTIFICACION

El control será efectuado por entidades externas que cumplan la norma EN-45011 y estén inscritas en el Registro de Entidades de Certificación de Productos Agroalimentarios de Castilla y León para el alcance previsto en el presente Reglamento.

ETIQUETADO

El etiquetado del «Vino de la Tierra de Castilla y León», además de los requisitos exigidos por el Reglamento (CE) 1493/1999, del Consejo de 17 de mayo, el Reglamento (CE) 753/2002, de la Comisión de 29 de abril de 2002, el Real Decreto 1127/2003, de 5 de septiembre, y demás normativa vigente, así como las normas que los sustituyan o desarrollen, tendrá que cumplir los siguientes requisitos:

- Se realizará con una determinada marca.

La etiqueta no dará lugar a confusión en cuanto al origen geográfico.
La referencia «Vino de la Tierra de Castilla y León» figurará en la etiqueta principal con un tamaño mínimo de 3 mm. Si en el etiquetado se citan variedades de uva, se indicarán, por orden decreciente del porcentaje en que intervienen en la elaboración del vino.

- Todos los vinos que utilicen la mención «Vino de la Tierra de Castilla y León» llevarán obligatoriamente una contraetiqueta numerada.

- Será obligatorio indicar en el etiquetado de los vinos de la Tierra de Castilla y León el nombre y/o marca de conformidad de la entidad externa de control.

CARACTERÍSTICAS

Los vinos con esta mención pueden ser: tintos, rosados y blancos producidos embotellados en bodegas ubicadas en Castilla y León. En su elaboración se habrán empleado exclusivamente las variedades autorizadas y recomendadas y procedentes de los municipios contemplados en la Orden que regula los Vinos de la Tierra de Castilla y León.

NORMA LEGAL

ORDEN de 15 de junio de 2000, de la Consejería de Agricultura y Ganadería, por la que se regula el uso de la indicación geográfica “Vino de la Tierra de Castilla y León”.

ORDEN de 5 de octubre de 2001, por la que se modifica la Orden de 15 de junio de 2000, de la Consejería de Agricultura y Ganadería, por la que se regula el uso de la indicación geográfica “Vino de Tierra de Castilla y León”.

ORDEN AYG / 323 / 2005, de 7 de marzo, que aprueba el Reglamento por el que se establecen las normas de utilización de la mención «Vino de la Tierra de Castilla y León».

DATOS

Localización: Todas las provincias de Castilla y León

Extensión: Aproximadamente, 75.000 hectáreas

Variedad de uvas: Todas las autorizadas en las denominaciones de origen

Bodegas: 60

Producción en 2005: 18 millones de kilos

 

 

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